TEL: 4483-1228 / 5294-5477 / 4629-1611 -    Contacto = info@colmed3.org.ar
    title_662dba6eaa50810604942771714272878

    COLEGIO DE MEDICOS DISTRITO III

    AL SERVICIO DEL MEDICO

    UN SITIO PARA ESTAR INFORMADO

    title_662dba6eaa5855952694921714272878

    COLEGIO DE MEDICOS DISTRITO III

    ESTAMOS PARA AYUDARLE

    HAGA SU CONSULTA SIN COMPROMISO

    title_662dba6eaa5dc11306170591714272878

    Welcome to Colegio de Medicos Distrito III

    Estamos para Ayudarle

    Colegio de Medicos Distrito III...




    INFORMACIÓN IMPORTANTE:


     Nuestro horario de atención es de 10 a 15 hs.

    Tramites en Línea

    Acceda para iniciar un trámite, solicitar un turno y/o certificados.

    Click Aquí >>

    O Envienos un Whatsapp con la palabra turnos al 011-3550-7179 >>  whatsapp.png

    Cursos ESEM y MSK

    Cursos de Actualización y Especialización. Información general, duración, días y horarios.
    Cursos ESEM >>

    Cursos MSK >>

    Formas de Pago

    Aquí encontrará todas las formas de pago disponibles.  
    Click Aqui >>

    Bolsa de Trabajo

    Oportunidades laborales para nuestros colegas en Hospitales y Clínicas de nuestro distrito.
    Click Aqui >>

    Recetarios Rosa

    Por resolución del Consejo Superior del Colegio de Médicos, los talonarios para la prescripción de psicotrópicos de las listas III y IV serán entregados solamente a COLEGIADOS (no inscriptos) en forma personal y que se encuentren al día con la Tesorería de nuestro Distrito.

    Especialistas
     

    En esta sección usted podrá tener acceso a la descarga de algunos de los principales Formularios relativos a la realización de trámites en Nuestro Colegio.

    Al estar los mismos Online, usted tendrá la facilidad de poder descargarlos e imprimirlos desde la comididad de su hogar, para luego cumplimetarlos y llevarlos a nuestra Institución y realizar el tipo de trámite que necesite.

    Si tiene alguna duda sobre como deben completarse los mismos, no tiene mas que ponerse en contacto con nosotros desde la correspondiente sección de contacto...

    Formularos para Descarga:

    pdf Solicitud para Título de Especialista

    pdf Solicitud para Recertificación de Título de Especialista

    Presione el botón derecho del Mouse y luego Guarlar Como...

    Artículo 12: La Comisión de Especialidades ponderará del profesional que aspire al Título de Especialista, Especialista Jerarquizado o Especialista Consultor, los siguientes antecedentes: todos los cuales deberán ser certificados en Establecimientos Hospitalarios Oficiales, según la dependencia, Nacionales, Provinciales o Municipales, por el Director y/o Jefe de Departamento y/o Jefe de Servicio, obtenidos por concurso; en los Establecimientos Hospitalarios, Privados, cada Distrito elevará al Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires, el listado de Entidades Privadas Asistenciales y sus respectivas autoridades, que estarán autorizadas para la certificación de antecedentes.

    1. TÍTULOS

    1.1. Doctor en Medicina, Médico Cirujano o Médico: 5 puntos.

    1.2. Otros Títulos afines a la Especialidad solicitada, otorgados por: El Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires, Universidad Nacional, Provincial o Privada habilitada por el Estado. Entidades Científicas y Gremiales reconocidas por el Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires, acorde a los artículos 24 y 26: 4 puntos más. 3 puntos por cada año lectivo de duración de la carrera por la que tuvo el Título.

    1.3. Título de Especialista: Otorgado por el Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires: 3 puntos por cada año de obtenido el Título, este requisito solo para el que aspira al Título de Especialista Jerarquizado o Especialista Consultor.

    2. ANTECEDENTES

    2.1. Actividad Asistencial:

    2.1.1. En Establecimientos Hospitalarios Oficiales, deberá estar certificada de acuerdo a lo establecido en el presente artículo, con el agregado en las Especialidades Quirúrgicas, de una lista certificada de las prácticas realizadas en los dos (2) últimos años del período de concurrencia.

    2.1.1.1. Cargo Directivo por Concurso: 4 puntos

    2.1.1.2. Jefe de Servicio por Concurso: 3 puntos

    2.1.1.3. Jefe de Sala por Concurso: 2 puntos

    2.1.1.4. Jefe de Unidad por Concurso: 1 punto

    2.1.1.5. Por año de Concurrencia: 2 puntos

    2.1.2. En Establecimientos Hospitalarios Privados deberá estar certificada de acuerdo a lo establecido en el presente artículo con el agregado, en las Especialidades Quirúrgicas de una lista certificada de las prácticas realizadas en los dos (2) últimos años del período de concurrencia.

    2.1.1.1. Por año de Concurrencia: 2 puntos

    2.2. Actividad Docente en la Especialidad o Materia afín: acorde al Art.23

    2.2.1. Carrera Docente completa en Medicina de Universidad Nacional, Provincial o Privada, habilitada por el estado: 6 puntos

    2.2.2. Cargo Docente por Concurso, en la carrera de Medicina de Universidad Nacional, Provincial o Privada, habilitada por el Estado: 6 puntos

    2.2.3. Cargo Docente por Concurso de una Residencia Médica reconocida por el Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires acorde al Art. 25; 3 puntos

    2.2.4. Actividad Docente en cursos auspiciados por el Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires, en la carrera de Medicina de Universidad Nacional, Provincial o Privada, habilitada por el Estado, y Entidades Científicas o Gremiales reconocidas por el Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires acorde a los Artículos 24 y 25.

    2.2.4.1. Director de curso de más de 50 horas, con evaluación final, por cada curso: 2 puntos.

    2.2.4.2. Director de curso de más de 200 horas, con evaluación final, por cada curso: 6 puntos.

    2.2.4.3. Director de curso, con más de 400 horas, con evaluación final, por cada curso: 8 puntos.

    2.2.4.4. Docente de curso, de más de 50 horas, con evaluación final y dictado como mínimo del 25% de las horas del curso, por cada curso: 1 punto.

    2.2.4.5. Docente de curso, de más de 200 horas, con evaluación final y dictado como mínimo del 25% de las horas del curso, por cada curso: 2 puntos.

    2.2.4.6. Docente de curso, de más de 400 horas, con evaluación final y dictado como mínimo del 25% de las horas del curso, por cada curso: 4 puntos.

    2.3. Cursos de la Especialidad o Materia Afín: acorde al Artículo 23

    Cursos de perfeccionamiento auspiciados por el Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires, en la carrera de Medicina de Universidad Nacional, Provincial o Privada, habilitada por el Estado, Entidades Científicas o Gremiales reconocidas por el Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires, acorde a los artículos 24 y 26.

    Cursos en el extranjero, su ponderación quedará a consideración de la Comisión para cada caso en particular.

    2.3.1. Curso de más de 50 horas, con evaluación final, por cada curso: 2 puntos.

    2.3.2. Curso de más de 200 horas, con evaluación final, por cada curso: 5 puntos.

    2.3.3. Curso de más de 400 horas, con evaluación final, por cada curso: 7 puntos.

    2.4. Participación en Congresos y/o Jornadas de la Especialidad o Materia afín: acorde al Artículo 23.-

    Auspiciados por el Consejo Superior de Médicos de la Pcia. de Bs. As. , en la Carrera de Medicina de Universidad Nacional, Provincial habilitada por el Estado, Entidades Científicas o Gremiales reconocidas por el Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires, acorde a los artículos 24 y 26.

    2.4.1. Participación, por cada una: 1 punto.

    2.4.2. Participación y presentación del trabajo, por cada una: 5 puntos.

    2.4.3. Relato por cada uno: 8 puntos.

    2.5. Premios en la Especialidad o Materia Afín: acorde al Artículo 23.-

    Otorgado por el Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires , en la Carrera de Medicina de Universidad Nacional, Provincial habilitada por el Estado, Entidades Científicas o Gremiales reconocidas por el Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires, acorde a los artículos 24 y 26.

    2.5.1. Premios Nacionales o Provinciales, por cada uno: 4 puntos.

    2.5.2. Premios Internacionales, por cada uno: 4 puntos.

    2.6. Becas Nacionales Provinciales o Internacionales: En la Especialidad o Materia Afín: acorde al Artículo 23 otorgado por el Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires , en la Carrera de Medicina de Universidad Nacional, Provincial habilitada por el Estado, Entidades Científicas o Gremiales reconocidas por el Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Pcia. de Buenos Aires, acorde a los artículos 24 y 26, por cada una: 4 puntos.

    2.7. Residencia: Completa y obtenida por Concurso de la Especialidad o Materia Afín: acorde a los artículos 23 y 25, por cada año: 4 puntos.

    2.8. Trabajos y/o Comunicaciones en la Especialidad o Materia Afín: acorde al artículo 23, debiendo especificarse la entidad donde se efectuó la presentación y/o publicación indicando fecha, sección o página, tomo y editorial.

    2.8.1. Por cada trabajo y/o comunicación, hasta un máximo de dos por año: 1 punto.

    2.8.2. Por cada trabajo experimental, hasta un máximo de dos por año: 3 puntos.

    2.8.3. Por cada trabajo de investigación, hasta un máximo de dos por año: 6 puntos.

    2.9. Entrevista Personal: Por la Comisión de Especialidades, cuyo dictamen será fundamentado y por escrito.

    2.9.1. Califica y descalifica la presentación de antecedentes y títulos.

    Si usted aún no procedió a la recertificación de su título de especialista, lo invitamos a hacerlo a la brevedad.

    Recordamos que la recertificación será probablemente uno de los parámetros que exigirán las financiadoras del sector salud para seleccionar a los prestadores profesionales.

    EL COLEGIO DE MEDICOS DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES ES LA UNICA ENTIDAD RECONOCIDA Y FACULTADA PARA EFECTUAR EL RECONOCIMIENTO DE LOS CREDITOS QUE POSIBILITAN LA RECERTIFICACION EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

    El Especialista Jerarquizado que acredite QUINCE (15) años cumplidos del uso del título de Especialista podrá solicitar se le autorice para el uso del título de Especialista Consultor, para lo cual deberá reunir como mínimo DOSCIENTOS (200) puntos.-


    ESTIMADO COLEGA:

    RECUERDE QUE TODO TÍTULO DE ESPECIALISTA EMITIDO A PARTIR DEL 1RO. DE ABRIL DE 1993 OBLIGATORIAMENTE DEBE SER RECERTIFICADO CADA CINCO AÑOS.

    IMPORTANTE RESIDENTES

    Ver Información

    Información de máximo interés relacionada al ejercicio profesional ...
     
     

    Encuéntrenos También En...

    FACEBOOK >>

    TWITTER >>

    Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

    Información de Interés

    El Colegio

    Modif.Telefonos
    El Colegio de Médicos Distrito III: No asume responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la transmisión, difusión, recepción, obtención o acceso de contenidos publicados de solicitud de servicios profesionales y en particular por la falta de veracidad, exactitud, exhaustividad, pertinencia y/o actualidad, la inadecuación para cualquier clase de propósito y la defraudación de las expectativas generadas por los contenidos; no siendo producidos los mismos por este Colegio.- Asimismo, declara que no controla previamente, ni aprueba ni hace propios los servicios, información, datos, y cualquier clase de información existente en las publicaciones realizadas. Por lo expuesto, se deben extremar la prudencia en la valoración y utilización del presente servicio, información y cualquier clase de material existente en la publicación.-
     
    Copyright © 2019 Colmed3. All Rights Reserved.